Artículo 6. Gerente de desarrollo socioeconómico.
Artículo 6 de la Ley 10/2006, de 30 de noviembre, de creación de la Reserva Natural Dirigida de las Saladas de Chiprana. · BOE-A-2007-1562
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-03-20.
Texto consolidado
Se podrá encomendar a un Gerente el fomento del desarrollo socioeconómico de la reserva, de la Zona Periférica de Protección y su Área de Influencia Socioeconómica, en el marco de lo establecido en el artículo 44 de la Ley 6/1998, de 19 de mayo, de Espacios Naturales Protegidos de Aragón.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2012-5203.