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Ley Vigente

Artículo 6. Reglamento de participación.

Artículo 6 de la Ley 1/2007, de 27 de febrero, de Actividades Feriales Oficiales de Aragón. · BOE-A-2007-11531

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-03-22.

Texto consolidado

El reglamento de participación que debe poseer toda feria o exposición oficial contendrá como mínimo:

a) Los criterios que establezcan un orden de prioridad para atender las distintas solicitudes de participación.

b) Las reglas relativas a los procedimientos de admisión, exclusión y sanción de los expositores.

c) Los derechos y las obligaciones de los expositores.

d) La regulación de un órgano arbitral, el cual decidirá, con carácter dirimente, todas aquellas cuestiones que se susciten entre los participantes o entre estos y la entidad organizadora, de acuerdo con el procedimiento que se establezca por reglamento.

e) La relación de infracciones a las disposiciones contenidas en el Reglamento de participación, las sanciones establecidas para tal fin, así como el órgano competente y el procedimiento para imponerlas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-03-22.

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