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Decreto-ley Vigente

Artículo 6. Finalidad.

Artículo 6 del Decreto-ley 3/2017, de 19 de diciembre, por el que se regula la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía · BOJA-b-2017-90529

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-01-01.

Texto consolidado

Los fines de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía son los siguientes:

a) Reducir la tasa de pobreza y de exclusión social en Andalucía, especialmente la pobreza infantil.

b) Mejorar las posibilidades de inclusión social y laboral de las personas en situación de pobreza, exclusión social o riesgo de estarlo, especialmente de aquellas que tienen menores a su cargo y teniendo en cuenta la diferente situación de los hombres y las mujeres.

c) Aumentar el grado de autonomía personal y familiar y atender la satisfacción de las necesidades básicas para una vida digna de la unidad familiar.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-01-01.

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