Artículo 6. Medida en relación con la legalización de los libros.
Artículo 6 del Decreto-ley 19/2020, de 19 de mayo, de medidas complementarias en materia social y sanitaria para paliar los efectos de la pandemia generada por COVID-19. · BOE-A-2020-6428
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-05-21.
Texto consolidado
En relación con todas las sociedades cooperativas cuyo cierre económico sea posterior al 14 de septiembre de 2019 y anterior al día siguiente de la finalización del estado de alarma, los libros se pueden legalizar hasta el 31 de diciembre del 2020.
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- Ver la norma completa: Decreto-ley 19/2020, de 19 de mayo, de medidas complementarias en materia social y sanitaria para paliar los efectos de la pandemia generada por COVID-19.