El Vínculo El Vínculo.
Decreto Vigente

Artículo 6. Modificación de las servidumbres y zona de influencia por nuevas inversiones.

Artículo 6 del Decreto 673/1966, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento para aplicación de la Ley 4/1964, de 29 de abril, sobre concesión de teleféricos. · BOE-A-1966-4330

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-04-17.

Texto consolidado

Cuando los concesionarios de teleféricos de servicio público solicitasen, en la forma prevista en este Reglamento, la realización de nuevas inversiones que precisen ampliar o modificar las servidumbres establecidas, la Administración, al aprobar la inversión decretará la ampliación o modificación de las servidumbres o zonas de influencia, oyendo previamente a los dueños de los predios afectados.

Las indemnizaciones a que hubiera lugar serán las previstas en el artículo cuarto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1996-04-17.

Más artículos de Decreto 673/1966

En El Vínculo puedes leer Decreto 673/1966 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.