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Ley Vigente

Artículo 59. Auditorías.

Artículo 59 de la Ley 11/2023, de 30 de marzo, de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma de Aragón. · BOE-A-2023-10876

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-05-17.

Texto consolidado

Los pliegos de licitación podrán prever un sistema de auditoría para controlar la calidad de la ejecución de los contratos, en lo relativo a los medios personales y materiales puestos a disposición, cuando surjan dudas acerca de su correcta ejecución y puedan afectar negativamente a la calidad de la prestación. Las auditorías se realizarán sobre los indicadores de calidad previstos en los pliegos, asociando penalidades a su incumplimiento.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-05-17.

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