Artículo 58. Cursos de actualización o ampliación de conocimientos.
Artículo 58 del Real Decreto 131/2018, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de ordenación de la enseñanza en la Guardia Civil. · BOE-A-2018-3764
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-04-06.
Texto consolidado
1. Los cursos de actualización o ampliación de conocimientos o aptitudes requeridas para el ejercicio de la profesión, incluidos entre las actividades de formación continua, tienen por finalidad la preparación del guardia civil en áreas de interés para el Cuerpo.
2. La superación de estos cursos se acreditará mediante un diploma o certificado.
3. La aprobación de los perfiles de ingreso y egreso y la gestión de las correspondientes convocatorias, corresponde al jefe de la Jefatura de Enseñanza.