Artículo 58. Racionalización de horarios.
Artículo 58 de la Ley 5/2021, de 2 de febrero, de impulso demográfico de Galicia. · BOE-A-2021-5136
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-02-10.
Texto consolidado
Las administraciones públicas de Galicia, conjuntamente con los interlocutores sociales y económicos, impulsarán el establecimiento de sistemas horarios que se adecúen a las necesidades empresariales y de los trabajadores y trabajadoras como estrategia tanto de mejora de la competitividad y productividad de las empresas como de las condiciones laborales y de vida de las personas que trabajan en las mismas.