Artículo 58. Comisión institucional de Andalucía de coordinación y seguimiento de acciones para la erradicación de la violencia de género.
Artículo 58 de la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género. · BOE-A-2008-2493
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-08-02.
Texto consolidado
1. Se crea la Comisión institucional de Andalucía de coordinación y seguimiento de acciones para la erradicación de la violencia de género, con el objeto de coordinar, impulsar y evaluar las acciones y medidas que se desarrollen en Andalucía contra la violencia de género.
2. Estará coordinada por la Consejería competente en materia de violencia de género y estará compuesta por miembros de todas las Consejerías que compongan el Consejo de Gobierno, representantes de las entidades locales y de las asociaciones de mujeres.
3. Su funcionamiento se desarrollará reglamentariamente.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2018-11883.