Artículo 58. Sanciones.
Artículo 58 de la Ley 1/2007, de 7 de marzo, de Medidas de Apoyo a las Familias de la Comunidad de Castilla y León. · BOE-A-2007-6611
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-06-14.
Texto consolidado
Las infracciones se sancionarán de la siguiente forma:
a) Las infracciones leves con apercibimiento o multa de hasta 1.500 euros.
b) Las infracciones graves con multa de 1.501 a 15.000 euros y/o cierre temporal del Centro de apoyo a las familias y/o inhabilitación para percibir subvenciones de la Administración de la Comunidad durante un período de hasta tres años.
c) Las infracciones muy graves con multa de 15.001 a 150.000 euros y/o cierre temporal o definitivo del Centro de apoyo a las familias y/o inhabilitación para percibir subvenciones de la Administración de la Comunidad durante un período de tres años y un día hasta cinco años.