Artículo 58.
Artículo 58 de la Ley 1/1993, de 19 de febrero, de la Escuela Pública Vasca. · BOE-A-2012-2008
Atención: Ley 1/1993 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Reglamentariamente se determinará la estructura del presupuesto de los centros docentes de la escuela pública vasca y su modelo de gestión contable integral y de tesorería.