El Vínculo El Vínculo.
Decreto Legislativo Vigente

Artículo 58. Prescripción de las sanciones.

Artículo 58 del Decreto Legislativo 2/2014, de 28 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Comercio de Castilla y León. · BOCL-h-2014-90371

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-09-02.

Texto consolidado

Las sanciones reguladas en esta ley prescriben a los tres años las calificadas de muy graves, a los dos años las calificadas de graves y a los seis meses las calificadas de leves.

Estos plazos comenzarán a contarse desde el día siguiente a aquél en que adquiera firmeza en vía administrativa la resolución sancionadora.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-09-02.

Más artículos de Decreto Legislativo 2/2014

En El Vínculo puedes leer Decreto Legislativo 2/2014 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.