El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Derogada

Artículo 57.

Artículo 57 del Real Decreto 230/1998, de 16 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de explosivos. · BOE-A-1998-5934

Atención: Real Decreto 230/1998 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

En aquellos edificios o locales peligrosos en los que durante el desarrollo del proceso productivo esté necesariamente presente personal, las puertas abrirán hacia afuera o, en su defecto, permanecerán abiertas y convenientemente aseguradas cuando haya personal en el interior del local, debiendo, en todo caso, estar libres de trabas u obstáculos que pudieran impedir el desalojo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-05-11.

Más artículos de Real Decreto 230/1998

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 230/1998 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.