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Ley Derogada

Artículo 57. Orientación de las ayudas.

Artículo 57 de la Ley 8/2002, de 5 de diciembre, de Ordenación y Modernización de las Estructuras Agrarias de la Comunidad Valenciana. · BOE-A-2003-614

Atención: Ley 8/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Con carácter general, la concesión de ayudas quedará condicionada a las disposiciones referentes a la ordenación y a la planificación general de la actividad agraria, en especial a las referidas a las limitaciones sectoriales de la producción.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-12-12.

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