Artículo 57. Reparación.
Artículo 57 de la Ley 2/2014, de 8 de mayo, de Museos de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2014-10665
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-06-17.
Texto consolidado
La reparación del daño causado será supervisada por técnicos competentes en la materia designados por la institución museística titular o gestora.