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Ley Vigente

Artículo 57. Prescripción de las infracciones y sanciones.

Artículo 57 de la Ley 15/2017, de 10 de noviembre, de políticas integrales de juventud. · BOE-A-2017-15372

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-12-03.

Texto consolidado

1. Las infracciones leves prescriben a los seis meses, y las graves, a los dos años.

2. Las sanciones impuestas por infracciones leves prescribirán al año; las impuestas por faltas graves, a los dos años.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-12-03.

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