El Vínculo El Vínculo.
Ley Derogada 3 redacciones

Artículo 57.

Artículo 57 de la Ley 10/1985, de 14 de agosto, de Concentración Parcelaria para Galicia. · BOE-A-1985-23695

Atención: Ley 10/1985 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Cuando dos o más propietarios titulares de predios integrados en explotaciones independientes, mediante permuta o por cualquier otro título, agrupen predios con una superficie que sea como mínimo de media hectárea en cultivos intensivos y huerta y una hectárea en labradío o prado, los gastos correspondientes al otorgamiento de escrituras, inscripciones registrales y otros legítimos correrán a cargo de la consellería competente en materia de agricultura.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-01-01.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 15/2010, de 28 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas..

En El Vínculo puedes comparar qué decía este artículo en cada fecha, redacción a redacción.

Más artículos de Ley 10/1985

En El Vínculo puedes leer Ley 10/1985 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.