Artículo 562-7. Uso de vivienda.
Artículo 562-7 de la Ley 5/2006, de 10 de mayo, del libro quinto del Código Civil de Cataluña, relativo a los derechos reales. · BOE-A-2006-11130
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-07-01.
Texto consolidado
El uso de una vivienda se extiende a la totalidad de esta y comprende el de las dependencias y los derechos anexos.