Artículo 56. Procedimientos administrativos.
Artículo 56 de la Ley 8/2022, de 24 de junio, de caza y gestión cinegética de La Rioja. · BOE-A-2022-11228
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-06-29.
Texto consolidado
La tramitación de los procedimientos administrativos derivados de la creación de los terrenos cinegéticos o de su gestión, la expedición de los permisos ordinarios y extraordinarios de caza, la obtención de la licencia de caza, así como aquellos otros que se determinen reglamentariamente, se llevarán a cabo por medios electrónicos, en todo caso, conforme a modelos normalizados que correspondan y que estarán disponibles en la sede electrónica del Gobierno de La Rioja.