Artículo 56. Cartera de servicios para situaciones de desprotección moderada.
Artículo 56 de la Ley 8/2010, de 23 de diciembre, de garantía de derechos y atención a la infancia y la adolescencia. · BOE-A-2011-1141
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-01-28.
Texto consolidado
En los términos establecidos en los artículos siguientes los Servicios Sociales de Atención Primaria atenderán las situaciones de desprotección moderada mediante los siguientes servicios, bien prestados con sus propios medios materiales y personales, o a través de los Centros Territoriales de Servicios Sociales:
a) Servicio de intervención familiar.
b) Servicio de centro de día.