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Ley Vigente

Artículo 56. Residuos textiles.

Artículo 56 de la Ley 5/2022, de 29 de noviembre, de residuos y suelos contaminados para el fomento de la economía circular en la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2023-3348

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-12-21.

Texto consolidado

1. La Generalitat, junto con los agentes del sector textil, promoverán la investigación, el desarrollo y la innovación de formas de diseño, maneras de producción y fabricación que prioricen el uso de recursos renovables, que reintroduzcan subproductos textiles recuperados o incorporen un mayor porcentaje de materiales reciclados, sostenibles y de proximidad, como materia prima, y que obtengan productos duraderos, reutilizables y reciclables. A tal efecto, se podrán desarrollar medidas como premios al ecodiseño o la innovación, guías de buenas prácticas, campañas de información para la prevención de los residuos textiles y acciones en favor de la venta de textiles de segunda mano.

2. Las administraciones autonómica y locales, en el ámbito de sus competencias, impulsarán y promocionarán la recogida y la preparación para la reutilización y reparación de materiales textiles, así como la recogida para su reciclaje. En estos ámbitos, las administraciones públicas valencianas promoverán, mediante los instrumentos administrativos correspondientes, la participación —principalmente y en ausencia de iniciativas de carácter público o participadas por las administraciones públicas— de entidades sin ánimo de lucro o de entidades de economía social para la recogida separada, la preparación para la reutilización, reparación y reciclaje de residuos textiles.

3. La Generalitat fomentará medidas encaminadas a la minimización del empleo de los recursos naturales y su uso eficiente para la producción textil y, en particular:

a) El análisis y valoración de los criterios y trámites administrativos para la declaración de fin de la condición de residuo de determinados textiles y la utilización de textil reciclado, garantizando la protección al medio ambiente y la salud humana.

b) El diseño de herramientas y controles de calidad en todas las etapas de la prevención, recogida y reciclaje de los residuos textiles, que permita certificar que estos productos cumplen las condiciones y características para que puedan ser incorporados al mercado como materiales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-12-21.

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