Artículo 56. Composición del Consejo Escolar de Euskadi.
Artículo 56 de la Ley 17/2023, de 21 de diciembre, de Educación de la Comunidad Autónoma del País Vasco. · BOE-A-2024-901
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-02-04.
Texto consolidado
El Consejo Escolar de Euskadi estará integrado por quienes ostenten los cargos de presidencia, vicepresidencia y vocalías y, asimismo, por quien ejerza las funciones de secretaría. En todo caso, contará con una representación de los centros educativos, de los consejos educativos municipales y de los demás agentes sociales que establezca la ley que regule el Consejo Escolar de Euskadi.