Artículo 56. Prescripción de las sanciones pecuniarias.
Artículo 56 de la Ley 12/2013, de 20 de diciembre, de Turismo de la Región de Murcia. · BOE-A-2014-750
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-01-13.
Texto consolidado
Las sanciones pecuniarias a que se refiere la presente ley prescriben en el plazo de cuatro años.