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Ley Derogada

Artículo 56. Consecuencias del incumplimiento de obligaciones.

Artículo 56 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León. · BOE-A-2002-15545

Atención: Ley 12/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El incumplimiento de las obligaciones que corresponden a los titulares de autorizaciones para la realización de actividades arqueológicas o de las condiciones y términos establecidos en aquéllas, podrá dar lugar a la suspensión de la autorización o a su revocación previa audiencia del interesado, sin perjuicio de las sanciones a que pudieran dar lugar, de conformidad con lo dispuesto en el título VII de esta Ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-08-08.

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