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Ley Vigente

Artículo 55. Criterios para la graduación de las sanciones.

Artículo 55 de la Ley 6/2025, de 23 de diciembre, de protección de la salud de las personas menores y prevención de las conductas adictivas. · BOE-A-2026-3386

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-03-07.

Texto consolidado

Para la determinación de la cuantía de las sanciones previstas en la presente ley se tendrá en consideración el principio de proporcionalidad, mediante la aplicación de los siguientes criterios de graduación:

a) La trascendencia de la infracción.

b) El grado de culpabilidad o existencia de intencionalidad.

c) La naturaleza de los perjuicios causados.

d) La reincidencia y continuidad o la persistencia en la conducta infractora.

e) La edad de las personas responsables.

f) El volumen de negocio y los beneficios obtenidos por la conducta.

g) El grado de difusión de la publicidad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2026-03-07.

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