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Ley Vigente

Artículo 55. Criterios de graduación de las sanciones.

Artículo 55 de la Ley 5/2009, de 4 de junio, del ruido de Castilla y León. · BOE-A-2009-11125

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-08-09.

Texto consolidado

Las sanciones previstas en esta ley, se graduarán atendiendo a los siguientes criterios:

a) Las circunstancias del responsable.

b) El grado del daño, deterioro o molestia causado a las personas, a los bienes o al medio ambiente.

c) La intencionalidad o negligencia.

d) La reincidencia y el grado de participación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-08-09.

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