Artículo 55. Relación de servicios prestados por el Espacio Ciudadano.
Artículo 55 de la Ley 4/2025, de 11 de julio, de Simplificación, Agilización y Digitalización Administrativa. · BOE-A-2025-18966
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-08-06.
Texto consolidado
El Espacio Ciudadano ofrecerá la siguiente relación de servicios, en el ámbito de las competencias de la Administración regional:
a) Recepción de avisos y comunicaciones en el espacio individual de la persona interesada, así como en los dispositivos móviles y/o en el correo electrónico.
b) Notificaciones individuales, al objeto de informar de citas y trámites pendientes con la Administración regional.
c) Presentación de los datos aportados por la persona interesada al Espacio Ciudadano, pudiendo proceder a su rectificación y supresión, en su caso.
d) Propuesta de servicios, prestaciones y reconocimiento de derechos a los que, de acuerdo con los datos obrantes en el Espacio Ciudadano, se tenga derecho.
e) Asistente conversacional, que facilite la búsqueda rápida de la información, avisos, justificantes u otros datos solicitados.
f) Cuantos otros puedan realizarse, conforme el estado de la tecnología.