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Ley Vigente

Artículo 55. Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento (FCAS)

Artículo 55 de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022. · BOE-A-2021-21653

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-01-01.

Texto consolidado

La dotación al Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento a que se refiere la disposición adicional sexagésima primera de la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2008, ascenderá, en el año 2022 a 15.000 miles de euros y se destinará a los fines previstos en el apartado tres de dicha disposición adicional.

Serán recursos adicionales a la dotación prevista para el FCAS los retornos procedentes de reintegros de programas del FCAS aprobados a iniciativa del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. Serán igualmente recursos del FCAS los importes depositados en sus cuentas corrientes.

El Consejo de Ministros podrá autorizar operaciones con cargo al Fondo por un importe anual de 60.000 miles de euros a lo largo del año 2022, teniendo en cuenta los recursos adicionales contemplados en el párrafo anterior.

Solo se podrán autorizar con cargo al FCAS operaciones de carácter reembolsable con las siguientes excepciones:

– Las operaciones necesarias para hacer frente a los gastos derivados de la gestión del fondo, esto es, los gastos de evaluación, seguimiento, inspección y asistencia técnica o de otros gastos asociados a las operaciones formalizadas por el fondo.

– Las operaciones de carácter no reembolsable que se financien con los recursos extraordinarios procedentes de reintegros de programas bilaterales que no hayan podido llevarse a cabo total o parcialmente, así como de excedentes de programas ya finalizados, siempre que dichas operaciones se realicen en el mismo ejercicio en que se produzca el reintegro. Excepcionalmente, en 2022 podrán utilizarse reintegros de fondos rendidos en 2021.

El Gobierno informará a las Cortes Generales, a través de su Oficina Presupuestaria, durante el primer semestre del año, de las operaciones autorizadas por el Consejo de Ministros con cargo a este Fondo del año anterior. La Oficina pondrá dicha documentación a disposición de los Diputados, Senadores y las Comisiones parlamentarias.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-01-01.

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