Artículo 55. Personas titulares.
Artículo 55 del Decreto-ley 3/2017, de 19 de diciembre, por el que se regula la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía · BOJA-b-2017-90529
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-07-01.
Texto consolidado
Serán titulares de esta ayuda extraordinaria aquellas personas titulares de las unidades familiares que teniendo concedido el Ingreso Mínimo Vital o la Ayuda para la infancia, cumplan los requisitos establecidos en el artículo 56.
Téngase en cuenta que este artículo, añadido por el art. 1.10 del Decreto-ley 14/2022, de 20 de diciembre. Ref. BOJA-b-2022-90413, entra en vigor a partir del 1 julio de 2023, según establece su disposicion final 5.
Se añade, con efectos desde el 1 de julio de 2023, por el art. 1.10 del Decreto-ley 14/2022, de 20 de diciembre. Ref. BOJA-b-2022-90413