Artículo 55.
Artículo 55 del Carta de las Naciones Unidas y Estatuto de la Corte Internacional de Justicia. Declaración unilateral española en aceptación de la jurisdicción obligatoria del Tribunal Internacional de Justicia. · BOE-A-1990-27553
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE.
Texto consolidado
1. Todas las decisiones de la Corte se tomarán por mayoría de votos de los magistrados presentes.
2. En caso de empate, decidirá el voto del Presidente o del magistrado que lo reemplace.