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Ley Vigente 2 redacciones

Artículo 55 bis. Gestión, recaudación y afectación.

Artículo 55 bis de la Ley 25/1998, de 13 de julio, de modificación del Régimen Legal de las Tasas Estatales y Locales y de Reordenación de las Prestaciones Patrimoniales de Carácter Público. · BOE-A-1998-16714

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-10-06.

Texto consolidado

1. La gestión y recaudación de la tasa corresponderá a cada una de las Direcciones Generales u organismos públicos de quien dependa la institución cultural.

2. El importe de la recaudación de esta tasa en lo que afecta a los organismos públicos del Ministerio de Cultura formará parte del presupuesto de ingresos del correspondiente organismo gestor.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-10-06.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 34/2011, de 4 de octubre, reguladora del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía..

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