Artículo 541-4. Adquisición.
Artículo 541-4 de la Ley 5/2006, de 10 de mayo, del libro quinto del Código Civil de Cataluña, relativo a los derechos reales. · BOE-A-2006-11130
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-07-01.
Texto consolidado
1. Los frutos en especie se adquieren por su producción cuando se separan del bien que los produce.
2. Los frutos en dinero se adquieren por su devengo y se entienden percibidos día a día.