Artículo 54. Procedimientos de declaración en materia de calidad del suelo.
Artículo 54 de la Ley Foral 14/2018, de 18 de junio, de Residuos y su Fiscalidad. · BOE-A-2018-8953
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-06-23.
Texto consolidado
Mediante orden foral del titular del departamento competente en materia de medio ambiente se establecerán:
a) Los procedimientos para la declaración en materia de calidad del suelo, que puede ser: contaminado, alterado, o no contaminado, no alterado.
b) Las obligaciones de las personas físicas o jurídicas poseedoras y propietarias de suelos.
c) El alcance de las medidas de recuperación de la calidad del suelo y los responsables de su ejecución.
d) El procedimiento de acreditación de la recuperación de suelos.