Artículo 54.
Artículo 54 de la Ley 6/1991, de 19 de abril, de Archivos y del Patrimonio Documental de Castilla y León. · BOE-A-1991-14132
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-06-04.
Texto consolidado
Salvo que sea constitutiva de delito, constituirá infracción administrativa en materia de patrimonio documental y archivos toda vulneración de las prescripciones contenidas en la presente Ley y en las normas reglamentarias que la desarrollen.