Artículo 54. Infracciones administrativas y sujetos responsables.
Artículo 54 de la Ley 1/1998, de 20 de abril, de los Derechos y la Atención al Menor. · BOE-A-1998-14944
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-05-13.
Texto consolidado
1. Se consideran infracciones administrativas a la presente Ley las acciones u omisiones tipificadas y sancionadas en el presente título, sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales o de otro orden en que se pueda incurrir.
2. Serán sujetos responsables de las infracciones administrativas las personas físicas o jurídicas a las que sean imputables las acciones u omisiones tipificadas como tales en la presente Ley.