Artículo 53.
Artículo 53 de la Resolución de 19 de agosto de 2024, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publican los Estatutos de la Real Federación Española de Caza. · BOE-A-2024-17642
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-08-31.
Texto consolidado
El Presidente cesará por:
– Transcurso del período para el que fue elegido. Fallecimiento.
– Dimisión.
– Aprobación de una moción de censura por la Asamblea General plenaria de la Federación.
– Incurrir en alguna de las causas de incompatibilidad citadas en el artículo anterior, cuando no renuncie a la actividad o cargo incompatible.
– Enfermedad grave que le incapacite para el ejercicio de su cargo.
– Sufrir sanción disciplinaria deportiva firme que le inhabilite para el ejercicio de su cargo.
– Haber sido condenado mediante sentencia judicial firme que lleve aparejada pena, principal o accesoria, de inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de cargos públicos.