El Vínculo El Vínculo.
Ley Orgánica Derogada

Artículo 53.

Artículo 53 de la Ley Orgánica 8/1998, de 2 de diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas. · BOE-A-1998-27864

Atención: Ley Orgánica 8/1998 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. El expedientado podrá contar en todas las actuaciones a que dé lugar este procedimiento sancionador con el asesoramiento del abogado o del militar que designe al efecto.

2. Cuando el militar designado no prestare su conformidad a la función encomendada, o se solicitase el asesoramiento de militar sin designación específica, al militar de reemplazo le será asignado de oficio por el Jefe de su Unidad de entre los Oficiales y Suboficiales destinados en la misma.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-02-03.

Más artículos de Ley Orgánica 8/1998

En El Vínculo puedes leer Ley Orgánica 8/1998 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.