Artículo 53.
Artículo 53 de la Ley 3/1992, de 30 de julio, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. · BOE-A-1993-1775
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1992-09-03.
Texto consolidado
En los supuestos de arrendamiento-venta, arrendamiento financiero, leasing y demás contratos mixtos de adquisición y arrendamiento, se estará a lo dispuesto en el artículo 48 de esta Ley.