Artículo 53.
Artículo 53 del Decreto Legislativo 3/2010, de 5 de octubre, para la adecuación de normas con rango de ley a la Directiva 2006/123/CE, del Parlamento y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior. · BOE-A-2010-16139
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-10-07.
Texto consolidado
Se modifica el artículo 14, que pasa a tener la redacción siguiente:
«Artículo 14. Infracciones.
1. Las infracciones de esta Ley y de las disposiciones que la despliegan son objeto de sanción administrativa, sin perjuicio de las responsabilidades de otra naturaleza que se puedan derivar.
2. Son infracciones:
a) La falta de las comunicaciones previstas en esta Ley.
b) La consignación de datos falsos o inexactos en una declaración responsable o en cualquier otra documentación aportada ante la administración.
c) El uso indebido de la denominación de ‘‘feria oficial’’ o ‘‘exposición oficial’’ para actividades que no tienen este carácter.»