Artículo 52. Régimen jurídico.
Artículo 52 del Real Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio, de medidas urgentes para apoyar la reactivación económica y el empleo. · BOE-A-2020-7311
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-07-07.
Texto consolidado
Las subvenciones cuya concesión se regula en los artículos 38 a 52 de este real decreto-ley, se regirán, además de por lo que en él se dispone, en lo que corresponda, por lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en su Reglamento, y en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en el Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, en el Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, y en las demás disposiciones que resulten de aplicación.
Más artículos de Real Decreto-ley 25/2020
- ← Artículo 51. Confidencialidad y protección de datos de carácter personal.
- → Disposición adicional primera. Crédito extraordinario en el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo para atender …
- Ver la norma completa: Real Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio, de medidas urgentes para apoyar la reactivación económica y el empleo.