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Ley Foral Derogada

Artículo 52. Objetivos del Plan General de simplificación Administrativa.

Artículo 52 de la Ley Foral 11/2012, de 21 de junio, de la Transparencia y del Gobierno Abierto. · BOE-A-2012-9370

Atención: Ley Foral 11/2012 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Los objetivos que ha de perseguir el Plan General de Simplificación Administrativa y todo el proceso que se desarrolle, en orden a la simplificación y racionalización de las estructuras y de los procedimientos, serán los siguientes:

a) La reducción de los trámites administrativos y, en su caso, la supresión de los que sean innecesarios.

b) La reducción en los plazos de tramitación de los expedientes y la extensión en cuanto sea posible del silencio administrativo positivo.

c) La reducción de las peticiones de documentación requeridas a las imprescindibles.

d) La eliminación o reducción de las cargas administrativas.

e) El fomento de las comunicaciones previas y las declaraciones responsables.

f) La simplificación y la normalización de formularios e impresos.

g) La elaboración de manuales de tramitación y de guías o protocolos de los procedimientos.

h) El impulso de actuaciones para los ciudadanos y ciudadanas sin previa solicitud de los mismos.

i) La implantación de herramientas de gestión corporativa y la interconexión de las distintas bases de datos y aplicaciones informáticas, fomentando la colaboración con otras Administraciones.

j) La potenciación de la tramitación vía telemática y, en especial, la generalización de la utilización del repositorio de proyectos técnicos.

k) La utilización de las técnicas de delegación y desconcentración de funciones, así como de los instrumentos de visado documental y visado de idoneidad previstos en la normativa vigente.

l) La eliminación de la duplicidad de controles, sin perjuicio del estricto cumplimiento de la legalidad en la fiscalización y control del gasto público.

m) La unificación de informes, con eliminación o sustitución por propuestas o visados, cuando ello fuera posible.

n) La adaptación y mejora de la regulación normativa.

ñ) La adaptación de los puestos de trabajo en el organigrama, o la nueva valoración de los mismos en cuanto a su contenido o participación en el procedimiento.

o) La dotación al personal de las herramientas y equipos adecuados a las necesidades requeridas para la realización correcta u óptima de cada actividad o trámite a desempeñar.

p) La formación continua del personal.

q) Cualquier otra que, a la vista de la materia concreta, permita la simplificación y racionalización de la actuación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2012-12-28.

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