Artículo 52. Cuota tributaria.
Artículo 52 de la Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha y otras medidas tributarias. · BOE-A-2013-2558
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-02-08.
Texto consolidado
La tasa se exigirá de acuerdo con las siguientes tarifas:
Tarifa 1. Por comunicación al organismo competente para la inscripción en el Registro General del Código Técnico de la Edificación, de entidades de control de calidad de la edificación y de laboratorios de ensayos para el control de calidad de la edificación y primera inspección:
a) Por comunicación para la inscripción de una entidad de control de calidad de la edificación y primera inspección: 150,00 euros.
b) Por comunicación para la inscripción de un laboratorio de ensayos de control de calidad de la edificación y primera inspección: 150,00 euros.
c) Por la comunicación para la inscripción de cada nuevo campo de actuación, prueba o ensayo (altas o bajas en el Registro): 5,00 euros.
Tarifa 2. Por comunicación al organismo competente para la inscripción de los documentos relacionados en el artículo 4.4 del Código Técnico de la Edificación: 150,00 euros.
Tarifa 3. Por la segunda y ulteriores inspecciones a entidades de control y laboratorios de ensayos inscritos en el Registro General del Código Técnico de la Edificación:
a) Por la segunda y ulteriores inspecciones a entidades de control de calidad de la edificación inscritas: 150,00 euros por inspección.
b) Por la segunda y ulteriores inspecciones a laboratorios de ensayos inscritos: 150,00 euros por inspección.
c) Por inspección realizada como consecuencia de reparos en ensayos de contraste: 150,00 euros por inspección.
Tarifa 4. Por la realización de muestras para ensayos de contraste:
a) Por muestra preparada para ensayo de contraste por la Administración de la Comunidad Autónoma: 30,00 euros por muestra.
b) Por preparación de muestras adicionales para repetición de cada ensayo realizado como consecuencia de reparos: 50,00 euros por ensayo.#a1
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 1/2022, de 14 de enero, de Medidas Tributarias y Administrativas de Castilla-La Mancha..