Artículo 52. Medidas de fomento a la formación.
Artículo 52 de la Ley 7/2023, de 30 de marzo, del Libro, la Lectura y el Patrimonio Bibliográfico de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2023-15469
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-13.
Texto consolidado
Las instituciones de la Comunidad de Madrid titulares de bienes integrantes del Patrimonio Bibliográfico de la misma promoverán la formación continua de personal cualificado en el tratamiento de este patrimonio, mediante cursos de formación o jornadas profesionales. Asimismo, facilitará y promoverá acciones de intercambio profesional especializado.
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