Artículo 52. Concepto.
Artículo 52 de la Ley 4/2025, de 11 de julio, de Simplificación, Agilización y Digitalización Administrativa. · BOE-A-2025-18966
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-08-06.
Texto consolidado
1. El Espacio Ciudadano se constituye como un área de servicios digitales donde se incorporará toda la información relevante de las personas físicas o jurídicas, empresas y entidades usuarias, en adelante, persona interesada, con el objetivo de facilitar su relación con la Administración regional en aquellos trámites y procedimientos en los que sean parte. Para ello, el Espacio Ciudadano contará con un canal para la información y trámites para la ciudadanía y otro para las empresas.
2. El Espacio Ciudadano será accesible a través de la Sede Electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, de conformidad con la Ley 39/2015, de 1 de octubre. La persona interesada deberá asegurar el buen uso de los sistemas de identificación y velar por que el acceso al Espacio Ciudadano solo se haga por sí misma o por una tercera persona autorizada.