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Ley Vigente

Artículo 52.

Artículo 52 de la Ley 2/2006, de 14 de junio, de derecho civil de Galicia. · BOE-A-2006-14563

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-07-19.

Texto consolidado

Los patrucios de una parroquia constituyen la veciña, que administra los bienes en mano común según la costumbre o con arreglo a lo acordado por la mayoría.

Quedarán excluidos de este régimen los montes vecinales en mano común, los cuales se regirán por las normas que les sean de aplicación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-07-19.

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