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Ley Derogada

Artículo 52. Consideración global de recursos.

Artículo 52 de la Ley 18/2008, de 23 de diciembre, para la Garantía de Ingresos y para la Inclusión Social. · BOE-A-2011-15732

Atención: Ley 18/2008 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

A efectos de las prestaciones contempladas en esta ley, para la determinación de los recursos de la persona solicitante y de los demás miembros de su unidad de convivencia, así como, cuando corresponda, de los recursos correspondientes a las demás personas que de acuerdo con lo previsto en el artículo 9.2 pudieran beneficiarse de las prestaciones, se computará el conjunto de recursos de las mismas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-01-01.

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