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Ley Vigente

Artículo 52. Competencias.

Artículo 52 de la Ley 15/2002, de 11 de julio, sobre Drogodependencias y otros Trastornos Adictivos. · BOE-A-2002-18104

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-08-24.

Texto consolidado

En materia de drogodependencias, corresponde a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha:

a) El establecimiento de las directrices en materia de drogas para la Comunidad de Castilla-La Mancha.

b) El diseño, elaboración y aprobación del Plan Regional sobre Drogas.

c) La planificación, coordinación y desarrollo, sobre la base de las competencias de la Junta, de un sistema público de asistencia a los drogodependientes.

d) La promoción de programas interdisciplinares de formación en materia de drogodependencias.

e) El establecimiento de un sistema centralizado de información sobre drogodependencias que permita el seguimiento y evaluación continua del consumo de drogas y de los problemas asociados.

f) La autorización, acreditación y evaluación de centros, servicios y programas de formación, prevención, asistencia e integración social en el campo de las drogodependencias.

g) La puesta en marcha de mecanismos favorecedores de la integración social.

h) El desarrollo y ejecución de la función inspectora y el ejercicio de la potestad sancionadora.

i) La coordinación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de las actuaciones en materia de drogodependencias con otras Administraciones y entidades sociales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-08-24.

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