Artículo 52. Estructura del Instituto Valenciano de la Memoria Democrática, los Derechos Humanos y las Libertades Públicas.
Artículo 52 de la Ley 14/2017, de 10 de noviembre, de memoria democrática y para la convivencia de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2017-15371
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-12-13.
Texto consolidado
1. El Instituto Valenciano de la Memoria Democrática, los Derechos Humanos y las Libertades Públicas se estructura en una subdirección general, o unidad administrativa del mismo rango, de la que dependerán jerárquicamente servicios o unidades administrativas del mismo rango, en función de los distintos ámbitos de actuación.
Las personas titulares de las unidades administrativas mencionadas en el apartado anterior serán nombradas entre el personal que tenga la condición de funcionario o funcionaria de carrera de la administración de la Generalitat.
2. Corresponde al Consell el desarrollo de la estructura del instituto y la fijación de las funciones de las unidades administrativas que la conformen, mediante la aprobación, por decreto, de los correspondientes estatutos del instituto.
3. A los efectos de la desconcentración de las funciones que así lo requieran, se podrán crear órganos o unidades administrativas con competencias circunscritas a un determinado ámbito territorial.