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Ley Derogada

Artículo 52. Creación del Registro General de Gestores Autorizados de Residuos de la Comunidad Valenciana.

Artículo 52 de la Ley 10/2000, de 12 de diciembre, de residuos de la Comunidad Valenciana. · BOE-A-2001-425

Atención: Ley 10/2000 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Se crea el Registro General de Gestores Autorizados de Residuos de la Comunidad Valenciana, adscrito a la Consejería competente en medio ambiente.

2. En el registro constarán, como mínimo, los siguientes datos:

a) Datos acreditativos de la identidad del gestor y de su domicilio social.

b) Actividad de gestión y tipo de residuo gestionado.

c) Fecha y plazo de duración de la autorización, así como, en su caso, de las correspondientes prórrogas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-03-15.

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