Artículo 52. Fomento de unidades de excelencia.
Artículo 52 de la Ley 1/2025, de 19 de febrero, de Ciencia, Tecnología e Innovación. · BOE-A-2025-4911
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-03-26.
Texto consolidado
La Administración del Principado de Asturias fomentará las unidades de excelencia.
La consideración como unidad de excelencia podrá ser acreditada en los términos fijados en la normativa estatal en materia de ciencia, tecnología e innovación que resulte de aplicación.